La diputada local del PAN, Ingrid Krasopani
Schemelensky Castro propone reformar el Código Electoral del Estado de México,
para que se incorpore a esta Legislación el prevenir, atender, sancionar y en su caso
erradicar la violencia política de género;
con la que se marcan reglas que involucran a los partidos políticos mismos que
deberán establecer mecanismos para combatir la violencia política, promoviendo
la igualdad de oportunidades entre sus militantes; se combate este acto
discriminatorio en el desarrollo de los procesos electorales; determina
atribuciones para autoridades electorales para que puedan desarrollar acciones y
en su caso erradicar todo tipo de violencia o discriminación por cuestiones de
género, y en ella también se establecen infracciones en las que puedan incurrir
autoridades, partidos políticos, precandidatos y candidatos, y ciudadanos.
Ingrid Schemelensky manifestó que la violencia
política continúa siendo uno de los principales obstáculos para el ejercicio de
los derechos políticos de las mujeres; y que si bien es cierto, ha aumentado la
presencia y la participación política de las mexiquenses, también ha
incrementado la violencia política en su contra.
La también Vicecoordinadora del Grupo
Parlamentario del PAN de la LX Legislatura Local, señaló que la Ley General en
Materia de Delitos Electorales no considera la violencia política de género,
por lo que no ha sido tarea fácil para las autoridades electorales perseguirla
y sancionarla; detalló también que “el Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación, el Instituto Nacional Electoral, entre otras dependencias del
orden Federal, encargadas de combatir la violencia política, elaboraron el
Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres, en
razón de Género, con el compromiso decidido por garantizar el libre ejercicio
de los derechos político-electorales, como parte integral de la protección de los
derechos humanos de las mujeres”.
La violencia política por razones de
género, detalló, es definida como todas aquellas acciones u omisiones de
personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer; que
tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente,
con el objeto o resultado de menoscabar o anular nuestros derechos
político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo; así como los “ataques,
que tienen como trasfondo la descalificación y una desconfianza sistemática
hacia las capacidades de las mujeres y las posibilidades de hacer un buen
trabajo o ganar una elección”.
Schemelensky Castro recordó que la
Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, emitió la recomendación
general 1/2018, en donde se abordó el tema de la violencia de género en contra
de las mujeres y se señaló que los diversos niveles de gobierno y poderes del
Estado, deben ejecutar planes y/o programas de trabajo que permitan prevenir y
erradicar todo tipo de violencia.
La diputada local del PAN, subrayó
que se ha legislado en materia de violencia política, en el Decreto 232 de
fecha 5 de septiembre de 2017 de la LIX Legislatura del Estado de México; se tipificó
como delito en el artículo 280 Bis del Código Penal local y se consideró en la
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México;
sin embargo, es necesario normar de manera integral, para impulsar el combate a
la violencia política de género.
La iniciativa presentada por la
diputada Ingrid Schemelensky propone reformar y adicionar los artículos 7, 9,
37, 168, 185, 256, 390, 460, 461, 462, 463 y 465 del Código Electoral del
Estado de México, para prevenir,
atender, sancionar y en su caso erradicar la violencia política de género.
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